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La esencialidad de la educación con personas jóvenes y adultas para la transformación social
Sara Elena Mendoza Ortega


 

 

“… Poso la frente sobre Río Grande…”

 

Hemos entendido, o deberíamos haber entendido, que la igualdadno es una utopía agradable, sino un requisito existencial.
Jean-Luc Nancy

En tiempos de incertidumbre en torno a un fenómeno pandémico que ha impactado en diversos ámbitos y aspectos educativos en México y en el mundo al tiempo que hace visible el agotamiento de un modelo “civilizatorio” (CEPAL- UNESCO, 2020; GIPE-CEAAL, 2020; de Sousa, 2020; Robalino, 2020;  INEGI, 2021, UNESCO, 2021; Nancy, 2022), y a propósito de la celebración de la VII Conferencia Internacional de Educación de Adultos (CONFINTEA VII)[1], se presenta un panorama general de la Educación con Personas Jóvenes y Adultas (EPJA)[2] en América Latina y el Caribe (ALyC), su significación en términos de transformación social y desarrollo equitativo y sustentable, y los retos que es impostergable atender  en este campo educativo. 

La definición actual de la EPJA, así como su relevancia social, situación, alcances y prospectiva, están presentes en una agenda conformada por planteamientos emanados de organismos internacionales (mundiales o regionales) y de redes, movimientos y organizaciones sociales, todos los cuales la dimensionan y conceptualizan en un sentido vital, en tanto que abre la posibilidad de un aprendizaje cuyo objetivo es la “construcción de conocimientos útiles para dignificar la vida de todas las personas” (Muñoz, 2012, p.3); se trata de un derecho fundamental  “gracias al cual las personas cuyo entorno social considera adultos desarrollan sus capacidades, enriquecen sus conocimientos y mejoran sus competencias [capacidades] técnicas o profesionales o las reorientan a fin de atender sus propias necesidades y las de la sociedad” (UNESCO/UIL, 2010, p. 1); constituye un derecho habilitador que es condición para el ejercicio de otros derechos; y es un bien público con valor social para el alcance de todos los objetivos de desarrollo, la democracia, la igualdad y la justicia.  Esto incluye los ámbitos familiares y comunitarios, el mundo del trabajo y todos los procesos educativos situados en un marco formal institucionalizado, o bien en aquellos donde los sujetos sociales organizan y desarrollan sus propios aprendizajes.

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Figura 1. Dignificación de todas las personas.

Derivado de ello, la perspectiva contemporánea de la EPJA incluye una serie de rasgos y principios; entre ellos, que:

  1. Es un componente básico de la Educación y el Aprendizaje a lo largo de la Vida (EALV), posible en todo tiempo y espacio. Supone actividades y procesos constantes de adquisición, construcción, reconocimiento, intercambio y adaptación de capacidades individuales y colectivas.
  2. Converge con el aprendizaje de niñas, niños, jóvenes y personas adultas y adultas mayores, por lo que, desde una mirada holística e intergeneracional, es parte de un continuo en el que impacta y a la vez se ve impactada. 
  3. Considera las distintas dimensiones y potencialidades del ser humano en los aspectos afectivos y emocionales, las relaciones interpersonales, las posibilidades de inserción y actuación social, las formas de aprender, el desarrollo cognitivo y la lengua y la cultura.
  4. Asume la relación pedagógica como un diálogo en el que no se separan ni dicotomizan los saberes de los sujetos (Freire, 2010) y que se configura como un encuentro con la y el otro (Berlanga, 2020).
  5. Configura un amplio campo de acción donde la ciudadanía, el desarrollo sostenible, la relación con el ambiente, la mitigación de la pobreza, los valores democráticos, la justicia social, la igualdad entre las personas son parte de sus objetivos fundamentales. Por ende, es imprescindible tanto para el logro de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 como para aquellos que cada nación se proponga en sus marcos de desarrollo. 
  6. Reconoce a las y los educadores como sujetos de derecho, así como las necesidades de su profesionalización, entendida esta como la justicia y dignificación de sus condiciones laborales y salarios; la formación y capacitación permanentes; y la participación.
  7. Se basa en enfoques estratégicos tendientes al fortalecimiento de legislación, políticas, planes, y sistemaspara su funcionamiento; a la equidad, la inclusión y la igualdad de diversos grupos sociales, culturales y con necesidades específicas; a la perspectiva de género, la interculturalidad y la intergeneracionalidad; al énfasis en la calidad y el aprendizaje; a su inserción en el marco de la EALV; a la justicia digital y el uso crítico de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC); y a su pertinencia y flexibilidad ante situaciones de emergencia, conflicto, movilidad humana o contextos de crisis. 
  8. Los sistemas y modelos de la EPJA requieren integrar los aprendizajes formalmente institucionalizados y aquellos que personas y comunidades conforman para sí mismos como sujetos epistémicos, a través del establecimiento de políticas, marcos y estrategias para la inclusión, el reconocimiento, validación y acreditación de saberes individuales y colectivos independientemente de dónde y cómo se hayan desarrollado y bajo un principio de justicia cognitiva (de Sousa, 2014).
  9. Se nutre y dimensiona a partir de múltiples experiencias que por décadas se han tenido en la región de ALyC, principalmente desde la tradición de la educación popular indisolublemente ligada a la obra y el trabajo de Paulo Freire, en tanto que educación critica, trasformadora y liberadora de los seres humanos, en la que se parte de la realidad de los actores sociales, de su experiencia y su cultura “... para que ellos mismos se involucren y aporten al cambio personal, a la transformación social y al cuidado de la vida” (Céspedes, 2013, p.3); de las cosmovisiones de los pueblos originarios orientadas al Buen Vivir o Vivir Bien; y de las educaciones rurales y la alfabetización (Schmelkes, 2010), entre otras.
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Figura 2. Buen Vivir o Vivir Bien

No es posible, pues, hablar de mejoramiento de condiciones de vida de las familias, comunidades y sociedades; de relación con el ambiente; de cuidado de la salud; de construcción de ciudadanía; de transformación social, sin considerar a la EPJA. No obstante, en los hechos, esta constituye en el mundo, y en la región de América Latina y el Caribe en particular, incluyendo México, un campo de acción, discurso y políticas caracterizado por definiciones, entendimientos y prácticas múltiples e incluso contradictorios: marcos legales y de política mayor o menormente específicos y, en algunos casos, ausentes; carencias en su inserción dentro de una perspectiva de EALV; visiones remediales y compensatorias; alcances que van desde la mera educación básica hasta únicamente la educación técnica o vocacional; sujetos demandantes que continúan sin la posibilidad de ejercer su derecho a una educación participativa, flexible, desde y hacia sus condiciones de existencia; modelos, métodos y materiales educativos de muy variada pertinencia en relación con las personas, grupos y comunidades; figuras educativas cuyas modalidades y condiciones de inserción laboral y participación suelen ser inestables y precarias; y una formación de educadores que en general resulta insuficiente o limitada (UNESCO/UIL, 2017; CEPAL/UNESCO; 2020; UNESCO/UIL, 2019; Robalino, 2020; CEAAL, abril 2021; CLADE, 2021). 

La situación actual de la EPJA, exacerbada en la condición de pandemia, implica, hacia la CONFINTEA VII,  la urgente necesidad de retomar una serie de compromisos y acuerdos ya asumidos por los Estados en las anteriores CONFINTEA, específicamente en el Marco de Acción de Belém (UNESCO/UIL, 2010); recobrar la caracterización y principios de la EPJA en tanto que derecho, bien público y catalizador para el desarrollo equitativo y sustentable; y construir una nueva narrativa desde una perspectiva ampliada que la haga visible y la posicione desde su contribución social; recupere las prácticas constructivas, movilizadoras y participativas de la educación popular; cree intersectorialidad e interseccionalidad; genere financiamiento específico y suficiente; separe el currículo de la EPJA de las lógicas escolares, los enfoques, las competencias [capacidades], los contenidos y las estrategias educativas para niñas y niños, a la vez que promueva la participación y la autogestión organizativa y curricular; ejerza las justicias cognitiva y digital; dé cabida a la flexibilidad requerida por grupos, comunidades y territorios diversos tales como las poblaciones indígenas, personas en condición de movilidad, privadas de su libertad o con alguna discapacidad, zonas rurales, espacios de producción y trabajo, etcétera; establezca procesos de profesionalización y trayectos formativos para las y los educadores; utilice las perspectivas de género, intercultural e intergeneracional; promueva la generación de conocimiento colectivo y compartido en alianza con diversos sectores públicos y académicos; genere mecanismos de acompañamiento, monitoreo y rendición de cuentas; y todo aquello que la reposicione y reconfigure en su alto potencial y valor para el desarrollo equitativo sustentable, la justicia, la democracia y un mundo de esperanza. 

Referencias 

Berlanga, B. (2020). Consideraciones y propuestas sobre la formación de educadores-as en la educación para personas adultas. Revista de Educación de Adultos y Procesos Formativos 10https://www.educaciondeadultosprocesosformativos.cl/revista/wp-content/uploads/2020/10/Documento-1.-Benjam%C3%ADn-Berlanga-M%C3%A9xico.pdf 

CEPAL-UNESCO (2020). La educación en tiempos de la pandemia de COVID-19. https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/45904/1/ S2000510_es.pdf

CLADE (2021). La situación de la Educación con Personas Jóvenes y Adultas en América Latina y el Caribe en el contexto de la pandemia. Panorama descriptivo analítico. https://redclade.org/publicaciones/la-situacion-de-la-educacion-con-personas-jovenes-y-adultas-en-america-latina-y-el-caribe-en-contexto-de-pandemia/ 

Freire, P. (2010). Cartas a quien pretende enseñar. Siglo XXI Editores. 

GIPE-CEAAL (2020). La Educación con Personas Jóvenes y Adultas (EPJA) en América Latina y el Caribe durante la pandemia por la COVID-19. https://www.ceaal.org/v3/docs/2020/blogEPJAYCovid/EPJAenALyCdurantepandemia.pdf 

Hernández, G. (2020). La Educación con Personas Jóvenes y Adultas como un Derecho Vital en México. Revista de Educación de Adultos y Procesos Formativos 10. https://www.educaciondeadultosprocesosformativos.cl/revista/wp-content/uploads/2020/10/Texto-4.-Gloria-Hern%C3%A1ndez-M%C3%A9xico.pdf

INEGI (2021). Encuesta para la Medición del Impacto COVID-19 en la Educación (ECOVID-ED). [PPT]. https://www.inegi.org.mx/contenidos/investigacion/ecovided/2020/doc/ecovid_ed_2020_presentacion_resultados.pdf

Muñoz, V. (2014). El derecho humano a la educación. Revista Electrónica Sinéctica 42. https://www.redalyc.org/pdf/998/99829581003.pdf 

Nancy, J.L. (2022). An All-too human virus. Polity Press. 

Robalino, M., Andrade, P. y Larrea, D. (2020). Diagnóstico de la situación del derecho humano a la educación en tiempo de pandemia. https://redclade.org/wp-content/uploads/Documento-de-Trabajo_educacion-y-pandemia.pdf 

Schmelkes, S. (2010). La educación básica de adultos, en Arnaut, A. y Giorguli, S. (Coords.). Los grandes problemas de México. VII Educación. El Colegio de México. 

de Sousa, B. (2011). Epistemologías del Sur. Utopía y Praxis Latinoamericana 16(54). http://www.boaventuradesousasantos.pt/media/EpistemologiasDelSur_Utopia%20y%20Praxis%20Latinoamericana_2011.pdf 

de Sousa, B. (2020). La cruel pedagogía del virus. https://www.clacso.org/la-cruel-pedagogia-del-virus/ 

UNESCO/UIL (2010). Marco de Acción de Belémhttps://unesdoc.UNESCOorg/ark:/48223/pf0000187789 

UNESCO/UIL (2017). Tercer Informe Mundial sobre el Aprendizaje y la Educación de Adultos.  https://unesdoc.UNESCO.org/ark:/48223/pf0000247556 

UNESCO/UIL (2019). 4to Informe Mundial sobre el Aprendizaje y la Educación de Adultos. https://unesdoc.UNESCO.org/ark:/48223/pf0000374755 

UNESCO (2021). Respuesta del ámbito educativo de la UNESCO a la COVID-19. https://www.gcedclearinghouse.org/sites/default/files/resources/210312spa.pdf 


Ficha de la autora

Sara Elena Mendoza Ortega: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Licenciada en psicología social, con Maestría en Ciencias Sociales, en México. Maestra en Sexualidad Humana y Género por la Universidad de Tenerife. Especializada en Educación de Personas Jóvenes y Adultas por la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) y fellowship en el mismo tema por el Instituto de Aprendizaje a lo Largo de la Vida de la UNESCO, en Hamburgo.

 

 

[1] 15 al 17 de junio de 2022, en Marrakech, Marruecos.

[2] Llamada también Aprendizaje y Educación de jóvenes y Adultos (AEJA), Educación de Adultos (EA) o Educación de Jóvenes y Adultos (EDJA), en diversas conceptualizaciones y alcances según el país.